REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Nacional de Adopción Internacional
TRIBUNAL SEGUNDO (2°) DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN y SUSTANCIACIÓN
Caracas, veintiuno (21) de Marzo de dos mil once (2011).
200º y 152º

ASUNTO: AP51-J-2011-003054

Vistas las actas que conforman el presente asunto, es especial al acta levantada en esta misma fecha, en la cual se evidencia que no comparecieron las ciudadanas SILVESTRE MELANIA NUEÑEZ y VANESSA DEL VALLE RIEGO NUÑEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nros: V-6.419.145 y V-17.855.413, CURADOR y SOLICITANTE, respectivamente, a la UNICA AUDIENCIA, fijada para el día de hoy en el presente asunto; este Tribunal de acuerdo con lo establecido en el artículo 514 de la Reforma Parcial de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA EXTINGUIDO el procedimiento de la SOLICITUD DE CURATELA. A tal efecto, se le hace de su conocimiento a las partes solicitantes, que podrán intentar nuevamente la solicitud, transcurrido un (01) mes, contados a partir del día siguiente al de hoy. Así se Decide.
La Juez,

Abg. ROSA YAJAIRA CARABALLO.
La Secretaria,

Abg. KARINA BORREGO.

RC/KB/YG.-