CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL PRIMERO (1°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y REGIMEN TRANSITORIO

Caracas, 28 de Marzo de 2011

200º y 152º
ASUNTO : AP51-J-2011-004680
En cumplimiento al auto que antecede y revisadas las actas que conforman la presente solicitud, contentiva de AUTORIZACION JUDICIAL PARA RENOVAR y RETIRAR PASAPORTE de su hija (se omiten sus datos de conformidad con el artículo 65 LOPNNA), por ante el SERVICIO AUTÓNOMO DE IDENTIFICACIÓN, MIGRACIÓN y EXTRANJERIA (SAIME), presentada por la ciudadana WENDY CAROLINA CARRASCO MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-18.314.482, debidamente asistida en este acto por la Fiscalía del Ministerio Público con competencia en materia de Protección a cargo de la abogada MARIANA PALOMARES MORALES; este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, siendo el Órgano Judicial Competente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE, a la ciudadana WENDY CAROLINA CARRASCO MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-18.314.482, a tramitar y retirar ante el Servicio Autónomo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), el pasaporte de su hija (se omiten sus datos de conformidad con el artículo 65 LOPNNA). ASÍ SE DECLARA. Expídase por Secretaría copia certificada del presente fallo y entréguese, a los interesados a los fines legales consiguientes.
EL JUEZ,
FDO.
ABG. JORGE GUSTAVO MIRABAL.
LA SECRETARIA,
FDO.
ABG. KARLA SALAS.
JGM/KS/Yosoty.
AP51J2011-004987