ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-004802

PARTE ACTORA: ALEXIS JOSE ARAY CHAVEZ y MARIO HERNANDEZ
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: SONIA HERNANDEZ
PARTE DEMANDADA: MUEBLES SOREMIA, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: MARIANO RIVAS y JOSE MONGUE
MOTIVO: DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 28 de Marzo de 2011, siendo las 2:00 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los abogados MARIANO RIVAS y JOSE MONGUE inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros.- 114.763 y 114.282. Se deja expresa constancia que la parte actora, ciudadanos ALEXIS JOSE ARAY CHAVEZ y MARIO HERNANDEZ no comparecieron a la celebración de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que en este acto se devolvieron las pruebas aportadas por la parte demandada. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 200 °.
LA JUEZ

Yrma Romero

LA SECRETARIA

Keyu Abreu



APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA