REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 2 de Marzo de 2009
Años 198º y 150º


N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2007-1564

PARTE ACTORA: ISIDRO SEGUNDO PERAZA AGUILAR, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 10.847.516
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: JOSE CARRASCO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 117.690
PARTE DEMANDADA: FUNDACIÓN DEL NIÑO
ABOGADA APODERADA DE LA DEMANDA: MARVIA HELENA MONTES MENDOZA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 24.973.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 22 de Junio de 2011, siendo las dos y treinta de la tarde (02:30 p.m.) oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Extraordinaria solicitada por las partes en la presente causa, comparecen por ante este Tribunal, por la parte actora el ciudadano ISIDRO SEGUNDO PERAZA AGUILAR, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 10.847.516 asistido por el abogado JOSE CARRASCO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 117.690, por la parte demandada: FUNDACIÓN DEL NIÑO su apoderada judicial, abogada: MARVIA HELENA MONTES MENDOZA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 24.973., Dándose inicio a la Audiencia Extraordinaria para dar cumplimiento de lo sentenciado en la presente causa .Luego de varias deliberaciones las parte demandada por medio de su apoderado judicial acuerdan el pago de lo condenado a la parte actora ciudadano ISIDRO SEGUNDO PERAZA AGUILAR la cantidad de nueve mil quinientos treinta bolívares con sesenta y nueve céntimos (9.530.69 BsF) mediante cheque girado contra el Banco Provincial bajo el numero 00005012 y para la experto contable MARIA PATRICIA ZEPEDA la cantidad de mil ochocientos veinticuatro con cero céntimos (1.824.00 BsF) mediante cheque girado contra el Banco Provincial bajo el numero 00005090 de fecha 22 de junio de 2011 dicha entrega se efectúa en este mismo acto tanto la de la parte actora como la del experto contable quienes reciben de manera conforme. Vista que se ha dado cumplimiento a la sentencia y su experticia complementaria en este procedimiento, se da por terminado y se ordena su remisión al archivo judicial.




La Juez

Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
El Secretario,

POR LA PARTE DEMANDANTE,
POR LA PARTE DEMANDADA