REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, trece de junio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: KP12-S-2011-000353.-

Vista la solicitud presentada por la ciudadana CARMEN ALICIA SILVA ESCALONA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.854.929, asistida por el Abogado en ejercicio KEYLER CAMACHO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 119.554, en la cual requiere se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías consistentes en Una (01) Casa de Habitación, constante de Tres (03) Habitaciones, Dos (02) baños, sala, cocina y comedor, construida con paredes de adobe, Estructura de la construcción de paredes de carga; Estructura Techo: hierro; cubierta de techo de zinc; paredes friso liso; pisos de cemento pulido; ventanas de aluminio/vidrio, puertas de madera entamborada; con sus accesorios en puertas y ventanas; en un estado de conservación bueno; en una área de construcción de CIENTO DIEZ CON SESENTA METROS CUADRADOS (110,60 Mts2), edificadas sobre un lote de Terreno Ejido Urbano, que posee una extensión de UN MIL NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (1.098,00 Mts2), ubicadas en la Carretera vía El Jabón, Sector Llano Grande, de la población de San Pedro, Parroquia Lara, Municipio Torres, del Estado Lara, y enmarcada dentro de los siguientes linderos: NORTE: Galpón de Carmen Silva; SUR: Callejón; ESTE: Finca de Pausides Silva; y OESTE: Carretera vía El Jabón. Dichas bienhechurías tienen un valor de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.40.000,oo). Admitida la solicitud se acordó oír las declaraciones de los testigos que presentare la parte interesada. Examinados los recaudos presentados y oídas las declaraciones de los testigos ciudadanas RODRIGUEZ VASQUEZ MARIA TERESA y MELIDA SOBEIDA TORCATES RODRIGUEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 2.378.025 y 12.690.458, respectivamente, domiciliadas la primera en la Calle Torres 09-15 y la segunda en la Urbanización Campanero Calle fe y Alegría Casa Nº 14-07, de esta Ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara, las cuales son valoradas por este Tribunal como plena prueba por ser contestes en sus afirmaciones.