REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho de junio de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO : KP02-V-2011-001219

Désele entrada y curso legal correspondiente a la presente demanda presentada en fecha 11-04-2011, y visto el anterior DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN, de fecha 06-06-2011, presentada por la parte actora ciudadano JUAN CARLOS COLMENAREZ SOSA, venezolano, mayor de edad, con C.I. Nro. 13.785.267, de este domicilio, asistido por el abogado ADOLFO JUNIOR CASTRO P., Nro. 136.047, de este domicilio, en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, contra la Compañía de Seguros MULTINACIONAL DE SEGUROS, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 22-03-1983, bajo el Nro. 41, Tomo 1-A, inscrita en el Superintendencia de Seguros bajo el Nro. 91, domiciliado en Caracas, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Archívese el expediente.
La Juez, La Secretaria,




Abg. Eunice B. Camacho M. Abg. Bianca M. Escalona T.

EBCM/BMET/m. elena.