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ASUNTO PRINCIPAL 	: KP01-P-2011-004245
 ASUNTO 			: KP01-P-2011-004245
 
 
 AUTORIZACION DE DESTRUCCION DE LA DROGA
 
 Celebrada como fuera la audiencia preeliminar en la presente causa en fecha 10 de juniode 2011, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, en funciones de Control N° 2, autorizó la destrucción de la droga, y por cuanto consta en autos, solicitud de la Fiscalía 27º  del Ministerio Público, se pasa a  fundamentar en los siguientes términos:
 
 1.- El ministerio Público solicita  autorización para la destrucción de la sustancia estupefaciente y psicotrópica incluyendo empaques, en la causa seguida a FRANK URRIOLA y discriminada en la experticia Nº 9700-127-ATP-2593-11 de fecha 04-05-2011, y en virtud de que la misma no tiene uso terapéutico, no se notifique al Ministerio en materia de Salud.
 
 2.- De conformidad con lo previsto en el Artículo 193 de la Ley Orgánica de Drogas, se autoriza la destrucción de la sustancia descrita en la experticia Nº 9700-127-ATP-2593-11 de fecha 04-05-2011, previa verificación por parte del experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas destinado a tales efectos, previo el cumplimiento de todas las formalidades de ley.
 
 En este sentido, tomando en consideración que en la respectiva experticia se deja constancia que la sustancia incautada no tiene uso terapéutico, de conformidad con lo previsto en el Artículo 191 de la Ley orgánica de Drogas, se  exime de notificar  al Ministerio del Poder Popular para la  Salud y Desarrollo Social.
 
 3.- Se ordena librar las correspondientes boletas de notificación, los oficios y la autorización correspondiente. Cúmplase.
 
 El Juez
 
 
 Abg. Leila-Ly De Jesús Ziccarelli De Figarelli
 
 El Secretario
 
 
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