REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, siete de junio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : KP02-J-2011-002328
SOLICITANTES: PABLON RAMÓN MENDOZA Y YAILET LISBETH PÉREZ QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.852.827 y V-19.031.962 respectivamente.
ASISTIDOS POR: Abg. Carlos Isea, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 19.474.
HIJO: (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) MENDOZA PÉREZ de 09 años de edad.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
Visto que en fecha 30 de mayo de 2011, el tribunal ejerció el despacho saneador, ordenándose a los ciudadanos PABLON RAMÓN MENDOZA Y YAILET LISBETH PÉREZ QUINTERO, a los fines de que los solicitantes consignarán copias certificadas del acta de matrimonio , de la partida de nacimiento de los beneficiarios, así como del documento que acredita la propiedad del inmueble al que hacen mención, concediéndoles un lapso de cinco (05) días de despacho de conformidad con lo establecido en el articulo 457 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. En fecha 06 de junio de 2011 habiéndose vencido el lapso concedido para que cumplieran con lo ordenado, se observa que los solicitantes no han consignado los documentos requeridos ante este tribunal. En consecuencia se declara la INADMISION SOBREVENIDA, por ser imposible seguir adelante con la presente solicitud. Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Barquisimeto, siete (07) de Junio del año dos mil once (2011). Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación
La Jueza Segunda de Mediación y Sustanciación
ABG. ROSANGELA MERCEDES SORONDO GIL
La Secretaria
Abg. Olga Daal
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1411-2011 y se publicó siendo las 12:45 de la tarde.
La Secretaria
Abg. Olga Daal
RMSG/OD/Luis J
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