REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, veintiuno de junio de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: KP02-V-2010-004113

Solicitantes: CARLOS ENRIQUE ROJAS PERDOMO y MARTHA ALEJANDRA DE ARAUJO FRERRIRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.695.896 y V-15.884.409, respectivamente; asistidos por el Abogado MARCO ANTONIO INFANTE RIVERO, inscrito en el Inpreabogado Nº 46.832.
Hijo: identidad omitida con forme a los establecido en el articulo 65 de la Ley Organica para la Protecciòn del Niño y Adolescente, de tres (03) años de edad.
Motivo: Separación de Cuerpos (Inadmisión Sobrevenida)


Visto que en fecha 11 de Noviembre de 2010, el tribunal ejerció el despacho saneador, ordenándose a los solicitantes CARLOS ENRIQUE ROJAS PERDOMO y MARTHA ALEJANDRA DE ARAUJO FRERRIRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.695.896 y V-15.884.409, respectivamente; a los fines de que las partes consignen copias certificadas del acta de matrimonio y de la partida de nacimiento del niño identidad omitida con forme a los establecido en el articulo 65 de la Ley Organica para la Protecciòn del Niño y Adolescente. Habiéndose verificado que ha transcurrido suficiente tiempo, de conformidad con lo establecido en el artículo 457 Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y adolescentes sin que las partes cumplieran con lo ordenado. Este tribunal verifica que los solicitantes no han consignados los documentos requeridos siendo estos fundamentales para el tramite del presente asunto. En consecuencia se declara la INADMISION SOBREVENIDA, por ser imposible seguir adelante con la presente solicitud sin los documentos requeridos. Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Barquisimeto, veintiuno (21) de junio de 2011.

La Juez Primero de Mediación y Sustanciación,

Abg. Alida M. Villasana de Andueza.

La Secretaria,

Abg. Sailin Rodríguez

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1767-2011 y se publicó siendo las 11:50 a.m.
La Secretaria,

Abg. Sailin Rodríguez
AMVA/SR/Joannellys.-
KP02-V-2010-004113