| 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
 Circunscripción Judicial del Estado Lara
 Juzgado Primero de Primera Instancia de Medicación y Sustanciación
 Carora, ocho de junio de dos mil once
 201º y 152º
 
 ASUNTO: KP12-V-2011-000222
 
 Demandante: Gerardo Felipe Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.915.964.
 
 Motivo: Extinción de la Obligación de Manutención.
 
 En fecha 01 de junio de 2.011, el ciudadano Gerardo Felipe Rodríguez, antes identificado, presento escrito de demanda de extinción de obligación de manutención y en fecha 02 de junio de 2011, se admitió la presente demanda, tal y como lo indica la norma del artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y se ejerció el despacho saneador, ordenándose al demandante ciudadano Gerardo Felipe Rodríguez, antes identificado, la consignación de la copia fotostática del documento de identidad de sus hijos los ciudadanos María Mercedes, Lesbia Lissette y Luis Gerardo Rodríguez Colombo, en virtud de que los mismos no se encontraban identificados en la presente demanda, así como constancia de estudios de los referidos ciudadanos en caso de encontrarse estudiando. Habiéndose vencido el lapso concedido para que cumpliera con lo ordenado, tal como consta en el folio veinte (20) de autos, se observa que el demandante no ha cumplido con lo ordenado por este Juzgado. En consecuencia se declara la INADMISION SOBREVENIDA, por ser imposible seguir adelante con la presente demanda sin la debida subsanación requerida. Es todo y en consecuencia se ordena el archivo del presente asunto.
 
 
 LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
 MEDIACION Y SUSTANCIACION
 
 Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS
 
 
 LA SECRETARIA
 
 
 Abg.  MARYHE ALVAREZ
 
 
 En esta misma fecha se registró bajo el Nº 238-2.011 y se publicó siendo las 10:45 a.m.
 
 
 
 LA SECRETARIA
 
 
 Abg.  MARYHE ALVAREZ
 
 
 
 
 LCGC.-
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 |