REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara (Carora)
Carora, 10 de junio de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: KP12-J-2011-000199


Solicitante: Mirlay Coromoto Coronel, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-12.690.824.

Motivo: CURATELA


Por escrito presentado en fecha 13 de mayo de 2.011, la ciudadana Mirlay Coromoto Coronel, antes identificada, solicitó el nombramiento de un Curador Ad-Hoc, para su hija adolescente (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), en virtud de que en un futuro próximo contraería nuevas nupcias, con el ciudadano Gregorio Ramón Lameda Alvarez, titular de la cedula de identidad Nº V-5.931.179. Señaló que el nombramiento recaería sobre la abuela materna, la ciudadana Marianny Coromoto Coronel Coronel, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.502.925. En ese mismo acto consignó copia fotostática de su cédula de identidad, de la abuela materna (curadora propuesta), del futuro contrayente ciudadano Gregorio Ramón Lameda Alvarez, copia certificada de la partida de nacimiento de su hija, copias fotostáticas de la cedula de identidad de los testigos propuestos y constancia de soltería con fines matrimoniales expedida por la unidad de Registro Civil de la Parroquia Trinidad Samuel.
Admitida la solicitud en fecha 16 de mayo de 2.011, conjuntamente con los documentos que la acompañan, se ordenó oír la opinión de la adolescente, de los testigos que la parte solicitante presentaría en su debida oportunidad y se ordenó escuchar a la curadora propuesta.
En fecha 19 de mayo de 2011, se dejó expresa constancia de la no comparecencia del testigo ciudadano Alberto José Coronel Coronel, titular de la cédula de identidad Nº V-15.673.886 y en esa misma fecha se dejó expresa constancia de la comparecencia de la ciudadana Agueda Rosa Pérez Torcatez, titular de la cédula de identidad Nº V-9.630.926. Asimismo se dejó constancia de la comparecencia ante este Juzgado de la Defensora Pública Segunda del Sistema de Protección del Niño, Niña y Adolescente extensión Carora Abg. Carmen Isabel Rojas Aponte.
En fecha 20 de mayo de 2011, se dejó expresa constancia de la comparecencia de la adolescente a manifestar su opinión. En esa misma fecha se dejó expresa constancia de la no comparecencia de la ciudadana Marianny Coromoto Coronel Coronel, curadora propuesta; en esa misma fecha se recibió diligencia presentada por la ciudadana Mirlay Coronel, antes identificada debidamente asistida por la abogada Isabel Cristina Rodríguez, en su carácter de Defensora Pública Primera del Área de Protección, mediante la cual solicitó se fijará nueva oportunidad para oír la declaración del testigo propuesto faltante y de la curadora propuesta.
En fecha 23 de mayo de 2.011, se acordó conforme a lo solicitado nueva oportunidad para oír la declaración del testigo propuesto faltante y de la curadora.
En fecha 25 de mayo de 2.011, se dejó expresa constancia de la no comparecencia de la ciudadana Marianny Coromoto Coronel Coronel, curadora propuesta; en esa misma fecha se recibió diligencia presentada por la ciudadana Mirlay Coronel, antes identificada debidamente asistida por la abogada Isabel Cristina Rodríguez, en su carácter de Defensora Pública Primera del Área de Protección, mediante la cual solicitó se fijará nueva oportunidad para oír la declaración de la curadora propuesta.
En fecha 30 de mayo de 2.011, se dejó expresa constancia de la no comparecencia del testigo ciudadano Alberto José Coronel Coronel, ya identificado.
En fecha 01 de junio de 2.011, se acordó nuevamente conforme a lo solicitado la oportunidad para oír la declaración de la curadora propuesta.
En fecha 02 de junio de 2.011, se recibió diligencia presentada por la ciudadana Mirlay Coronel, antes identificada, mediante la cual solicitó se fijará nueva oportunidad para oír la declaración del testigo propuesto.
En fecha 03 de junio de 2.011, se escucho la declaración de la curadora propuesta, quien acepto el cargo y juro cumplir fielmente con sus obligaciones y en esa misma fecha, se fijó nuevamente oportunidad para oír la declaración del testigo ciudadano Alberto José Coronel Coronel, anteriormente identificado.
En fecha 30 de mayo de 2011, se dejó expresa constancia de la comparecencia del testigo ciudadano Alberto José Coronel Coronel, anteriormente identificada.
Examinados los recaudos acompañados a la solicitud, escuchada la declaración de las testigos ciudadanas Agueda Rosa Pérez Torcatez y Alberto José Coronel Coronel, antes identificados, es decir, cumplidos los requisitos exigidos por la ley y vista la aceptación por parte de la ciudadana Marianny Coromoto Coronel Coronel, plenamente identificada en autos, de ser Curadora de la adolescente (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, designa al cargo de CURADOR AD-HOC de la adolescente (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), a la ciudadana Marianny Coromoto Coronel Coronel, anteriormente señalada.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 10 de junio de 2011. Años: 201° y 152°.

LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÒN


Abg. LUISA CRISTINA GONZÁLEZ CAMPOS

LA SECRETARIA

Abg. MARYHE ALVAREZ


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 246 - 2.011 y se publicó siendo las 03:15 p.m.

LA SECRETARIA


Abg. MARYHE ALVAREZ




KP12-J-2011-000199