REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN GUAYANA CON COMPETENCIA EN LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS AMAZONAS, BOLÍVAR Y DELTA AMACURO.
Ciudad Bolívar, 15 de junio de 2.011.-
201° y 152°.
ASUNTO Nº FP02-U-2010-000061 SENTENCIA Nº PJ06620110000107
Visto el escrito de promoción de pruebas, de fecha 07 de junio de 2.011, presentado por el Abogado Jaime Cardozo Villazana, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.857.818, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 25.186, representante de la República Bolivariana de Venezuela por Órgano del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), este Tribunal a los fines de su pronunciamiento lo hace en los siguientes términos: En relación a las pruebas promovidas por la representación del Fisco Nacional, se advierte que acogiéndose a los Principios de Comunidad reproduce el mérito favorable que se desprende de los autos a favor del Tesoro Nacional, y en especial de la Resolución GRTI/RG/DJT/2010/095, de fecha 03-07-2010, que declaró inadmisible el Recurso Jerárquico intentado en contra de las Resoluciones de Imposición de Sanciones y Determinación de Intereses Moratorios, de la cual fue notificada la contribuyente en fecha 07 de noviembre de 2009. Este Tribunal la admite en cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegal o impertinente, reservándose su valoración en la definitiva.
Publíquese, regístrese y emítase cuatro (4) ejemplares del mismo tenor. Asimismo se ordena notificar de la presente decisión a la ciudadana Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela y al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) Región Guayana.
LA JUEZA SUPERIOR PROVISORIA
ABG. YELITZA C. VALERO RIVAS.
LA SECRETARIA
ABG. NUBIA J. CÓRDOVA DE MOSQUEDA
YCVR/Nc/ddac
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