REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, veintiocho de julio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: KP12-S-2011-000479.-

Vista la solicitud presentada por el ciudadano PEDRO LUIS SUAREZ, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.634.308, asistido por el Abogado en ejercicio MANUEL BARRIOS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº. 24.748, en la cual requiere se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías consistente en Una (01) Casa de habitación, constante de Tres (03) Habitaciones, Un (01) baño, Sala, Cocina y Comedor, construida con paredes de bloque de cemento; Estructura de la construcción de concreto armado; Estructura Techo: hierro; paredes friso liso; pisos de cemento pulido; ventanas y puertas de hierro; con sus accesorios en puertas y ventanas, en un estado de conservación regular; en una área de construcción de SESENTA Y CINCO CON ONCE METROS CUADRADOS (65,11 Mts2), edificadas sobre un lote de Terreno Ejido Urbano que posee una extensión de TRESCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS (320,00 Mts2), ubicadas en la Calle sin nombre con Calle Sol de Oriente de la Población de la Pastora, Parroquia Cecilio Zubillaga, Municipio Torres del Estado Lara y enmarcada dentro de los siguientes linderos: NORTE: Calle sin nombre; SUR: Casa y solar de Eduar Suárez; ESTE: Casa y solar de Alexis Morales y OESTE: Calle Sol de Oriente. Dichas bienhechurías tienen un valor de CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,oo). Admitida la solicitud se acordó oír las declaraciones de los testigos que presentare la parte interesada. Examinados los recaudos presentados y oídas las declaraciones de los testigos ciudadanos NELSON ENRIQUE TORREALBA y HARRY FREDERICK DE LA MOTTA MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 7.370.053 y 15.847.100, respectivamente, domiciliados en la Población de La Pastora, Municipio Torres, las cuales son valoradas por este Tribunal como plena prueba por ser contestes en sus afirmaciones.