REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, veintidós de julio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: KP12-M-2010-0000024.-

DEMANDANTE: DOUGLAS RODRIGUEZ, Abogado e inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 11.165, y de este domicilio, en su carácter de Endosatario en Procuración del ciudadano EDUAR YONDRY MONTERO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.639.858, de este domicilio.
DEMANDADOS: ALVARO ALVAREZ y CARLOS A. ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 9.849.719 y 19.150.148, respectivamente, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: WILLIAM RAFAEL BASTIDAS, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el Nº. 40.110.

Visto el escrito de oposición al Procedimiento por Intimación, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Articulo 652 del Código de Procedimiento Civil, deja sin efecto el Decreto de Intimación de fecha 18 de Julio de 2.011. En consecuencia se entiende citada la parte para la contestación de la demanda, la cual se deberá llevar a cabo dentro de los Cinco (05) días de Despacho siguientes al de hoy, en horas comprendidas de las 8:30 a.m. a 3:30 p.m. Una vez contestada la demanda el procedimiento continuará por los trámites del Juicio Ordinario.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, a los Veintidós (22) días del mes de Julio del año 2011. Años: 201 de la Independencia y 152 de la Federación.

El Juez Provisorio,

Abg. FRANCISCO ROMAN ZAMBRANO GOMEZ.

La Secretaria,


Abg. BETTSIMAR BARRIOS CARDOZO.


En esta misma fecha se publicó siendo las Dos y treinta horas de la tarde (02:30 p.m.) y se registro bajo el Nº 12-2011.

La Secretaria,


Abg. BETTSIMAR BARRIOS CARDOZO.