REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, quince de julio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: KP12-S-2011-000390.-

Vista la solicitud presentada por la ciudadana NERVY JOSEFINA ARROYO de NIEVES, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.938.569, asistida por la Abogada en ejercicio IRSELYS FLORES, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº. 114.815, en la cual requiere se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías consistentes en Una (01) Casa de Habitación, constante de Dos (02) Habitaciones, Dos (02) baños, Sala, Cocina y Comedor, construida con paredes de bloque de cemento; Estructura de la construcción de concreto armado; Estructura Techo: hierro; cubierta de techo de zinc; paredes friso liso; pisos de cemento pulido; ventanas de aluminio/vidrio; puertas de hierro; con sus accesorios en puertas y ventanas, en un estado de conservación bueno; en una área de construcción de CIENTO VEINTIOCHO CON UN METROS CUADRADOS (128,01 Mts2), edificadas sobre un lote de Terreno Ejido Urbano que posee una extensión de TRESCIENTOS DOS CON SESENTA Y UN METROS CUADRADOS (302,61 Mts2), ubicadas en el Barrio El Rosario Calle 1, de Carora, Municipio Torres del Estado Lara y enmarcada dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa solar de Elida Rodríguez; SUR: Calle 1; ESTE: Casa solar de Reny Nieves y OESTE: Casa solar de Rosa Pire. Dichas bienhechurías tienen un valor de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.40.000,oo). Admitida la solicitud se acordó oír las declaraciones de los testigos que presentare la parte interesada. Examinados los recaudos presentados y oídas las declaraciones de los testigos ciudadanas MARBELYS DEL CARMEN ALVAREZ y HENRY JOSE MARTINEZ ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 14.245.358 y 19.436.669, respectivamente, domiciliadas la primera en la Calle Chiquinquirá con Callejón La Pastora y Calle Zubillaga y el segundo en la Urbanización El Rosario Calle 02, casa Nº 50, de esta Ciudad de Carora, Municipio Torres, las cuales son valoradas por este Tribunal como plena prueba por ser contestes en sus afirmaciones.