REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

Ayer 20/07/2011, a la 2:15 p.m, se constituyó este Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, integrado por la ciudadana Jueza Provisorio abogada Milagro de Jesús Vargas y el Secretario Titular abogado Rafael José Sánchez, en la Calle 16 entre Carreras 21 y 22, Local sin número, de esta ciudad de Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara, acompañados de las abogadas María Carolina Quintero García y Sabrina Alejandra Ciarciello Alvarado, inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 140.721 y 140.723, respectivamente y la custodia del Tribunal la funcionaria Yaquelín Dayana Colmenárez, C.I. N° 23.837.141, a fin de continuar con el asunto N° KP02-C-2011-1190, medida cautelar innominada (Notificación), ordenada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Una vez en el sitio señalado por la parte actora, se hicieron los toques de ley correspondientes, siendo atendidos por el ciudadano José Manuel Medina Partidas, C.I. V- 16.735.248, en su condición de ayudante del negocio que funciona en el local comercial objeto de arrendamiento, quien nos permitió el acceso al interior del mismo, informando que el ciudadano LORENZO ENRIQUE NAVARRO no se encontraba procediendo a comunicarse con él vía telefónica. En este estado las apoderadas judiciales solicitaron la habilitación del tiempo necesario por cuanto son las 3:30 p.m., para la continuación de la presente medida, solicitud que fue acordada por el Tribunal, de conformidad con el artículo 293 del Código de Procedimiento Civil. Luego de 5 minutos de espera, se hace presente el ciudadano LORENZO ENRIQUE NAVARRO, C.I. N° V- 5.711.111, fue impuesta de la misión del Tribunal y del contenido del despacho de ejecución librado por el Tribunal Comitente, dicha notificación se hace como representante de la firma mercantil FLETE ZULIANO C.A., y arrendatario del inmueble local comercial, lugar de constitución del Tribunal, así como tambien como persona natural y arrendatario del inmueble constituido por un apartamento el cual se encuentra en la parte alta del lugar de constitución del Tribunal. Se dio por notificado de la medida. Seguidamente este Juzgado Ejecutor en nombre de la República Bolivariana de Venezuela administrando justicia y por autoridad de la ley, declara materializada la notificación del ciudadano Lorenzo Enrique Navarro, identificado plenamente en acta, a los fines de que realicen el pago de los cánones de arrendamiento a nombre de la Sucesión Manuel Pita Pombo, para lo cual deberán acudir por ante el Tribunal de la Causa, para la apertura de la respectiva Cuenta de Ahorro. Una vez hechas las notificaciones respectivas y cumplida como ha sido la comisión conferida, el Tribunal acuerda la devolución inmediata con oficio de la misma al Juzgado Comitente. siendo la 4:00 p.m.