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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 
 Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
 Barquisimeto, trece de julio de dos mil once
 201º y 152º
 
 ASUNTO : KP02-F-2011-000650
 
 Vista la solicitud de FILIACIÓN PATERNA, intentada por los ciudadanos FRANCISCO ANACLETO MONTES, CARMEN MATILDE MONTES DE YANEZ, REINA TERESA MONTES, AGUSTÍN DEFENDENTE MONTES, ELBA EURIPIDES MONTES, CRISÁLIDA JOSEFINA MONTES Y BEATRIZ CECILIA MONTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. 3.856.155, 4.067.549, 7.319.065, 5.250.293, 5.249.437, 9.069.824 y 10.776.913,   respectivamente, asistidos por la abogada LILIANA RODRÍGUEZ MONTERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 58.373, este Tribunal niega su admisión por cuanto existe una pluralidad de pretensiones en la cual no hay identidad de titulo debido a que solicitan la filiación  dos personas distintas, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil. Déjese copia.
 
 La Juez
 
 MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
 La Secretaria
 
 Eliana Hernandez Silva
 MJP/Milagro
 
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