REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, veintisiete de julio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : KP02-S-2007-003168
Visto el escrito presentado por la ciudadana MARIA DOMINGA BETANCOURT, titular de la cédula de identidad Nº V-10.257.942; en beneficio de la niña SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA L.O.P.N.N.A, mediante el cual solicita autorización para retirar la cantidad de CINCO MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (5.200,ºº Bs) para adquirir una computadora de escritorio, para lo cual anexa cotización expedido por la empresa CPMPUSTATION, C.A.
En tal sentido, observa quien aquí decide y en aras de garantizar y salvaguardar los derechos e intereses de la prenombrada niña respecto al Derecho a un Nivel de Vida Adecuado, asimismo coadyuvar con la obligación que tiene la madre de garantizar el derecho aludido que tiene la niña SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA L.O.P.N.N.A, y todo aquello que abone el desarrollo integral de la misma, para alcanzar un nivel de vida adecuado y digno.
En consecuencia, con base a las anteriores consideraciones, este Tribunal en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda la entrega de DOS MIL DOSCIENTOS SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.600,00) dinero que se encuentra depositado en la cuenta bancaria de ahorro BANFOANDES en nombre de este Tribunal en beneficio de SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA L.O.P.N.N.A. A los fines de cubrir la mitad del total de la compra de la computadora solicitada. Particípese al Departamento de Contabilidad a los fines legales consiguientes.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara, en Barquisimeto a los veintisiete (27) días del mes de Julio de Dos Mil Once. Años: 201º y 152º.

La Juez Primera de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación

Dra. ALIDA VILLASANA DE ANDUEZA
La Secretaria,

Abg. Iliana Mejias

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 2066- 2011 y se publicó siendo las 9: 50 a.m
La Secretaria,

Abg. Iliana Mejias


LLA/AEA/Luis J.-