ASUNTO: FP02-J-2011-000654
RESOLUCION Nº PJ0822011000594


SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la solicitud de homologación de acuerdo por OBLIGACION DE MANUTENCION y REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de fecha 08-06-2011, suscrita por los ciudadanos: JOSSMAN HUMBERTO GOMEZ RODRIGUEZ y ANGGIE WALESKA RIVERO MARIÑO, identificados en autos, debidamente asistidos por el Dr. FERNANDO JOSE BETANCOURT, Fiscal Séptimo (A) del Ministerio Publico en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cuyo escrito cursa en autos a los folios 02 y 03, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 375 y 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC, en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-------------------------------------------------------------------------------------------------

LA JUEZ DE MEDIACIÒN Nº 01

DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO
El (a) Secretario (a)


En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.

El (a) Secretario (a)


LEMR/Jessica.-