REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 12 de julio de 2011
201° Y 152°


Vista la demanda que por COBRO DE BOLIVARES (Procedimiento de Intimación), incoó CORP BANCA, C.A. BANCO UNIVERSAL, compañía anónima domiciliada en el Municipio Chacao del Estado Miranda, el día 31 de Agosto de 1954, bajo el N° 384, Tomo 2-B, cuyo cambio de denominación social al Corp Banca C.A., consta de asiento de Registro de Comercio inscrito ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y el Estado Miranda, el 21 de octubre de 1997, bajo el N° 5, Tomo 274-A Pro., trasformada en Banco Universal por fusión por absorción de sus filiales Corp Banca de Inversión, C.A., Corp Banca Hipotecario, C.A., Corp Banca Fondo de Activos Líquidos, C.A., Corp Banca Arrendadora Financiera Sociedad Anónima de Arrendamiento Financiero, C.A., y Banco del Orinoco, S.A.C.A., Banco Universal, conforme a autorización de la Junta de Emergencia Financiera Por Resolución N° 009-0899 del 30 de agosto de 1999, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en su edición N° 36.778, el 2 de septiembre de 1999 y conforme a autorización de la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras, por Resolución N° 261-99 del 6 septiembre de 1999, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela en su edición N° 36.784 del 10 de septiembre de 1999, evidenciada de asiento de Registro de Comercio inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N° 9, tomo 189-A Pro., el 7 de septiembre de 1999, asiento publicado ene. Diario El Nacional y el Universal en sus ediciones del 8 de septiembre de 1999, a través de sus apoderados judiciales ciudadanos JESÚS ESCUDERO y OLIMAR MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, Abogados en ejercicio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 10.805.981 y 13.888.137, respectivamente, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 65.548 y 86.504 en su orden, contra el ciudadano ROMMEL JOSÉ RODRIGGUEZ HERNANDEZ venezolano, mayor de edad, soltero, y titular de la cédula de identidad N° V- 12.475.043, e inscrito en el Registro de información fiscal (R.I.F.) bajo el N° 12.475.043-8, en su carácter de DEUDOR PRINCIPAL, este Tribunal antes de realizar cualquier pronunciamiento respecto a la admisión de la demanda ordena darle entrada y hacer las anotaciones en los libros respectivos. Cúmplase.-

LA JUEZ,

Dra. LINDA LUGO MARCANO

LA SECRETARIA,


Abg. DAYANA TAPIA CARABALLO


En esta misma fecha se dio cumplimiento al auto que antecede.

LA SECRETARIA,


Abg. DAYANA TAPIA CARABALLO







LLLM/DTC/fernando
EXP 2011-4148.-