REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Años: 200º y 151º

Nº DE EXPEDIENTE: KP02-L-2010- 1263
PARTE ACTORA: LUIS EDUARDO SOSA LAMEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 15.597.568.
PARTE DEMANDADA: EL ARAGUANEY PARRILLADA, C.A y el ciudadano MANUEL DE AGUILAR RODRIGUEZ.
APODERADO JUDIAL DE LA DEMANDADA: RAMON GARCIA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 69.076.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 14 de febrero de 2011 siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar. El Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el Alguacil del Tribunal, ciudadano JEAN LEONRADO TUA; la parte actora LUIS EDUARDO SOSA; no hizo acto de presencia, sólo compareció la parte demandada EL ARAGUANEY PARRILLADA, C.A y el ciudadano MANUEL DE AGUILAR RODRIGUEZ, a través de sus apoderado judicial abogado RAMÓN GARCÍA; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.

La Juez,
Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Secretaria,
Abg. Anniely Elías Corona
La Parte Compareciente