Visto el libelo de demanda presentado en fecha 01-03-2010, por la ciudadana: ANELAY KARINA SANCHEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio, inscrita en el Ipsa bajo el Nro. 92.355, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL EMBOTELLADORA TEREPAIMA PORTUGUESA C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha: 03-01-2007, bajo el Nro. 06, Tomo 209-A, en la cual demandó al ciudadano: EDWARD BALADI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 24.615.969, domiciliado en Guanare, Estado