En fecha: 08/04/2011, la ciudadana: DORKA GREGORIA DIAZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.628.424 y de este domicilio, asistida por el Abogado en ejercicio ROMULO LOPEZ MARIN inscrito en el I. P. S.A. bajo el N° 10.807, presentó solicitud de divorcio con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil es decir, ruptura prolongada de la vida en común por más de cinco años, en contra del ciudadano: VICTOR ANDRES CUELLO GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.645.549 y de este domicilio. Admitida la solicitud se ordenó la citación del Fiscal del Ministerio Público, la misma se citó en fecha 22/11/2011. En fecha 01-12-2011 el Alguacil consignó la boleta de citación. En fecha 01/12/2011 la Fiscal del Ministerio Público en materia de familia presentó escrito sin objeciones a la solicitud. Para decidir, el Tribunal, observa: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
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