REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de febrero de dos mil once
200º y 152º

ASUNTO: KP02-V-2011-000346
Visto el Desistimiento de la Acción, suscrito por la Abogada GRECIA RIVERO DE BELANDRIA inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 46809, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, éste Tribunal homologa el mismo, en consecuencia, téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, de todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente. Archívese el presente expediente.

El Juez,


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,


Abg. Roger José Adán Cordero

OERL/mr.-