REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 25 de febrero de 2011.
Año 200º y 151º

ASUNTO KP01-P-2011-00991
Visto el escrito de la Fiscalia del Ministerio Público del Estado Lara, en el que solicita prorroga de quince (15) días para presentar el acto conclusivo en la presente causa, el Tribunal observa:
Que la medida de privación judicial preventiva de libertad se decretó en fecha 28-01-2011.
Que el artículo 250 del COPP, impone como requisito a la solicitud que la misma sea motivada.
En ese sentido, el fiscal del Ministerio Público ha expresado como motivos para solicitar la prorroga debido a que “aun falta diligencias por practicar y que no se ha recibido las resultas d las ya ordenadas al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del Estado Lara, actuaciones determinantes para el acto conclusivo, las misma tendientes a esclarecer los hechos y hasta la presente fecha no han sido practicadas, entre las cuales se mencionan, experticia toxicológica, experticia de barrido y experticia química, solicitadas al laboratorio Regional del CICPC, al inicio de la investigación en comunicación dirigida al referido organismo”.
Por lo que estando motivada la solicitud de prorroga y siendo solicitada tempestivamente, es procedente otorgar la prorroga de quince (15) días a la Vindicta Pública para que emita el acto conclusivo. Así se resuelve.
En merito a las razones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el quinto aparte del articulo 250 del COPP, declara PROCEDENTE en derecho la petición de la Fiscalia del Ministerio Público, en consecuencia se acuerda la PRORROGA POR EL LAPSO DE QUINCE (15) DIAS, para emitir el acto conclusivo en la causa seguida al ciudadano OMAR RAMON GONZÀLEZ
Líbrese notificación a las partes.
Juez de Control 7

BEATRIZ PEREZ SOLARES