REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, veintidós de febrero de dos mil once
200º y 152º

ASUNTO: KP02-J-2011-000590

Solicitante: MILDRED JANETH SALAZAR FRANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.299.649, de este domicilio, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JESUS R. DURAN ALFARO, Impreabogado Nº 113.800.
Beneficiarias: SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LOPNNA, (adolescente) y de la niña SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LOPNNA, de quince (15), once (11), años de edad respectivamente.

Motivo: Autorización judicial.

En fecha 17 de enero de 2.011, la ciudadana MILDRED JANETH SALAZAR FRANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.299.649, actuando en este acto en condición de representante legal de SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LOPNNA
, (adolescente) y de la niña SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LOPNNA, de quince (15), once (11), años de edad respectivamente, hijas del De Cujus, JUAN VICENTE GORI CASTELLANO, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.398.252, quien falleció el día 02 de agosto de 2010, según se evidencia en actas de defunción expedida por el Registrador Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, presentó solicitud en la cual indicó que dejo como beneficiarias a sus hijas antes el Cuerpo de Investigaciones Científica Penales y Criminalisticas los siguientes beneficios: 1-. Cuota parte de las Prestaciones Sociales. 2-. Cuota parte del dinero aportado por el causante, ya identificado, ante la caja de ahorro. 3-. Cuota parte de las Pensiones de Sobreviviente por la muerte del causante, estos pagos son correspondiente por los años de servicio que tuvo el causante JUAN VICENTE GORI CASTELLANO, ya identificado, por ante este organismo. Se acompaño la presente solicitud copias certificadas de las partidas de nacimiento de las beneficiarias de autos, acta de defunciones del causante, y Únicos Universal Herederos, expedido por el Tribunal Segundo de Mediación y Sustanciación, del Estado Lara, por lo que procedió a tramitar y hacer efectivo los derechos que le corresponden a las beneficiarias,
En fecha 17 de febrero de 2010, se admitió la solicitud cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, y por cuanto se encuentra tramitado por ante el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, causa signada con el Nº KP02-J-2011-000590, intentada por la ciudadana MILDRED JANETH SALAZAR FRANCO, en beneficios de sus hijas, ya identificadas, con el objeto de obtener Autorización para el Cobro de Beneficios quedante del fallecimiento del progenitor de las prenombradas beneficiarias, es decir, en ambas causa y sujetos, se ordena Acumular, de conformidad al articulo 80 del Código de Procedimiento Civil. se establece llevar la solicitud de Autorización de cobro de beneficios, por una sola causa. Cúmplase.

PUNTO PREVIO:

Este Juzgado para decidir observa:
A los folios Nos dos (02) y tres (03) de autos, consta que las beneficiarias de autos, ya identificadas, son beneficiarias 1-. Cuota parte de las Prestaciones Sociales. 2-. Cuota parte del dinero aportado por el causante, ya identificado, ante la caja de ahorro. 3-. Cuota parte de las Pensiones de Sobreviviente por la muerte del causante, estos pagos son correspondiente por los años de servicio que tuvo el causante JUAN VICENTE GORI CASTELLANO, ya identificado, por ante este organismo, por tanto, tienen todo el derecho a concurrir a la herencia dejada por su causante. Ahora bien, en virtud de que la ciudadana MILDRED JANETH SALAZAR FRANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.299.649, solicita autorización para hacer efectivo el cobro de los beneficios que le corresponden a sus hijas SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LOPNNA, (adolescente) y de la niña SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LOPNNA
, de quince (15), once (11), años de edad respectivamente, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto, concede la autorización solicitada. Así se decide. Se prescinde la audiencia por resultar inoficiosa y se atiende al principio de celeridad y economía procesal.
DECISIÒN
Llenos los requisitos exigidos, considerando este Juzgado de conformidad con la norma del artículo 267 del Código Civil, que le corresponden a SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LOPNNA (adolescente) y de la niña SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LOPNNA, de quince (15), once (11), años de edad respectivamente, hijas del De Cujus, JUAN VICENTE GORI CASTELLANO, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.398.252, quien falleció el día 02 de agosto de 2010, según se evidencia en actas de defunción expedida por el Registrador Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, autoriza suficientemente a la ciudadana MILDRED JANETH SALAZAR FRANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.299.649, para gestionar ante el Cuerpo de Investigaciones Científica Penales y Criminalisticas los siguientes beneficios: 1-. Cuota parte de las Prestaciones Sociales. 2-. Cuota parte del dinero aportado por el causante, ya identificado, ante la caja de ahorro. 3-. Cuota parte de las Pensiones de Sobreviviente por la muerte del causante, estos pagos son correspondiente por los años de servicio que tuvo el causante JUAN VICENTE GORI CASTELLANO, ya identificado, por ante este organismo.
Se le advierte a la solicitante, y al Cuerpo de Investigaciones Científica Penales y Criminalisticas, y cualquier otro organismo, que los montos correspondientes A la adolescente y de la niña, deberán ser remitidos a este despacho mediante Cheque de Gerencia a la orden del Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, extensión Barquisimeto. Asimismo se designa Correo Especial a la ciudadana MILDRED JANETH SALAZAR FRANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.299.649, a los fines de gestionar los correspondientes pagos por ante Cuerpo de Investigaciones Científica Penales y Criminalisticas, Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los 22 de febrero de 2011. Años: 200° y 152°.
LA JUEZ PRIMERO DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÒN
Abg. ALIDA VILLASANA DE ANDUEZA
La Secretaria.
En esta misma fecha se registro bajo el Nº 0430-2.011, siendo las 04:20 p.m.
La Secretaria.

AVDEA/rgh.-