REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, dieciocho de enero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO: KP12-S-2010-000744.-

Vista la solicitud presentada por la ciudadana ISABEL MARIA VASQUEZ CARRASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.438.363, asistida por el Abogado en ejercicio ALEJANDRO CABELLO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 140.967, en la cual requiere se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías consistentes en Una (01) Casa de Habitación, constante de Cuatro (04) Habitaciones, Un (01) baño, Sala, Cocina y Comedor, construida con paredes de bloque de adobe y concreto, Estructura de la construcción de concreto; Estructura Techo: hierro y madera; cubierta de techo de caña teja y riple; paredes friso liso; pisos de cemento pulido, ventanas de madera rustica, con sus accesorios, un estado de conservación regular; en una área de construcción de CIENTO VEINTIDOS CON TREINTA Y UN METROS CUADRADOS (122,31 M2), edificadas sobre un lote de Terreno Ejido Urbano, que posee una extensión de TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (364,39 M2), ubicadas en la Calle Monagas con Calle Juan Silva, Casa Nº 13-89, de esta ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara, y enmarcada dentro de los siguientes linderos: NORTE: Cancha Deportiva; SUR: Calle Monagas (frente) ESTE: Casa solar que es o fue de Juana Riera ahora Angela Riera y OESTE: Casa-solar de Yoleida Alvarez antes Pablo Camacaro. Dichas bienhechurías tienen un valor de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.20.000,oo). Admitida la solicitud se acordó oír las declaraciones de los testigos que presentare la parte interesada. Examinados los recaudos presentados y oídas las declaraciones de los testigos ciudadanos EDGAR JESUS RODRIGUEZ y ELILIANA GREGORIA CABRERA MOSQUERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.936.878 y 15.673.739, respectivamente, domiciliados en Carora, Municipio Torres del Estado Lara, las cuales son valoradas por este Tribunal como plena prueba por ser contestes en sus afirmaciones.