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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
 Barquisimeto, once de enero de dos mil once
 200º y 151º
 
 ASUNTO: KP02-V-2010-003093
 Vista la pretensión de INTERDICTO POR PERTUBACIÓN efectuada por  la ciudadana ANA MARIA ESCOBAR, titular de la cédula de identidad Nº 5.259.409, asistida por el abogado Carlos Delgado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.342,  contra la ciudadana YANETH  JOSEFINA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 7.327.367;   este Tribunal observa:
 UNICO: Habida consideración que en la presente demanda la parte actora  no acredita en autos los actos de perturbación a que se refiere,  tal y como lo exige el Articulo 700 del Código de procedimiento Civil; razón por la cual  este Tribunal  Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara declara INADMISIBLE la presente acción. Se ordena el archivo del presente expediente y la devolución de los documentos originales.
 
 El Juez,
 
 
 Abg. Oscar Eduardo Rivero López
 El Secretario,
 
 
 Abg. Roger Adán Cordero
 
 OERL/ml
 
 
 
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