REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de enero de dos mil once
200º y 151º

ASUNTO: KP02-V-2010-003093
Vista la pretensión de INTERDICTO POR PERTUBACIÓN efectuada por la ciudadana ANA MARIA ESCOBAR, titular de la cédula de identidad Nº 5.259.409, asistida por el abogado Carlos Delgado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.342, contra la ciudadana YANETH JOSEFINA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 7.327.367; este Tribunal observa:
UNICO: Habida consideración que en la presente demanda la parte actora no acredita en autos los actos de perturbación a que se refiere, tal y como lo exige el Articulo 700 del Código de procedimiento Civil; razón por la cual este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara declara INADMISIBLE la presente acción. Se ordena el archivo del presente expediente y la devolución de los documentos originales.

El Juez,


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,


Abg. Roger Adán Cordero

OERL/ml