Visto el contenido del escrito presentado por el Fiscal Séptimo (E) del Ministerio Público; por medio del cual solicita se le acuerde la prórroga contenida en el cuarto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal para la presentación del correspondiente acto conclusivo en el asunto seguido al ciudadano JACINTO JOSE PIÑA, por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el artículo 1 y 2 de la ley sobre el Hurto y Robo de vehiculo automotor. La representante del Ministerio Público solicitó la prórroga, en virtud de que no cuenta la representación fiscal con las resultas de las experticias ordenadas al inicio de la investigación, siendo los mismos fundamentales para realizar un ejercicio serio de la acción penal, solicitando se acuerde la prorroga de quince días conforme al articulo 250 del Código Orgánico procesal Penal, Vigente y efectuar su correspondiente acto conclusivo.
En tal sentido, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los apartes cuarto y quinto del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la prórroga solicitada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, por quince (15) días adicionales. Siendo que, el lapso de los treinta (30) días continuos para presentar el acto conclusivo, dispuesto en el artículo ya citado, culmina en fecha 20/01/2011; es por lo que el lapso de los quince (15) días adicionales que por medio de esta decisión se acuerda, deberán computarse a partir del 21/01/2011 hasta el 04/02/2011, fecha en la cual el Ministerio Público deberá presentar el acto conclusivo que corresponda. Se ordena notificar a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público y a la defensa del imputado JACINTO JOSE PIÑA. Déjese copia. Cúmplase.-
JUEZ (T) SEGUNDA DE CONTROL
ABG. MARIANT J. ALVARADO HIDALGO
LA SECRETARIA,
ABG. LIGIA GONZALEZ
Se cumplió lo ordenado.-
MJAH.
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