REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional Adopción Internacional
Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición
Caracas, veinticinco (25) de Enero de dos mil once (2011)
200º y 151º

ASUNTO: AP51-V-2009-020780
Vista la diligencia de fecha 16 de diciembre de 2010, suscrita por la abogada LEFFY RUIZ MEDINA, en su carácter de Fiscal Centésima Segunda del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, consignando acta de fecha 14/12/2010, mediante la cual el ciudadano ARTURO FRANGER MUÑOZ MARCANO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 17.142.935, manifestó su deseo de desistir del presente procedimiento de Modificación de Custodia, que intento en contra de la ciudadana NEUDYS DEL CARMEN MEDINA AGUILAR, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 15.894.111, en virtud de que las condiciones que motivaron la demanda habían cambiado. En consecuencia, este Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes dicho desistimiento en los mismos términos y condiciones allí expuestos. Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil. Expídase por Secretaría, copias certificadas del presente auto, para ser entregadas a las partes interesadas una vez que las mismas consignen los respectivos fotostatos. No hay condena en costa por la naturaleza del asunto.
LA JUEZ

ABG. ROSA YAJAIRA CARABALLO

LA SECRETARIA

ABG. ALICIA GUZMAN
RC/AG/K