REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de diciembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO : KP02-S-2011-008772

Vista la anterior solicitud presentada por los ciudadanos TIBAIDY YULIMAR VILLANUEVA ROJAS y JHON VALDERMAR SUAREZ GARCES, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nrosº V- 12.705.368 y 11.596.450, de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio MIGUEL ADOLFO ANZOLA CRESO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 31.267, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes TIBAIDY YULIMAR VILLANUEVA ROJAS y JHON VALDERMAR SUAREZ GARCES, ya identificados. La propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, en un terreno Ejido, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de los ciudadanos TIBAIDY YULIMAR VILLANUEVA ROJAS y JHON VALDERMAR SUAREZ GARCES, anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.

EL JUEZ EL SECRETARIO ACC.

ABG. JOSÉ ALFONSO OCHOA.
ABG. CHRISTIAN TORRES.



En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.
JAO/ALP/fji

El sec. Acc.