REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de diciembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : KP02-S-2011-006403
Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano ANTONIO TREZZA TREZZA, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.912.380, de este domicilio, asistido por la abogada en ejercicio FRANCIS ORIANA SOTELDO TORREALBA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 161.567, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante ANTONIO TREZZA TREZZA, ya identificado. La propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, en un terreno propio, según consta en documento registrado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Estado Lara, en fecha 10 de julio de 1992, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor del ciudadano ANTONIO TREZZA TREZZA, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
EL JUEZ EL SECRETARIO ACC.,
ABG. JOSÉ ALFONSO OCHOA.
Abg. CHRISTIAN TORRES
En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.
JAO/ALP/G.C.
El Sec. Acc.