REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 7 de Diciembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2011-001532
ASUNTO : KP01-P-2011-001532

Visto el oficio Nº 3544-11 de fecha 06-06-11 suscrito por los Abog. YURANCY ARTEAGA ZERPA Y AMERICO RODRÍGUEZ QUINTERO, en su condición de Fiscal Quinta del Ministerio Publico del estado Lara, y Fiscal Trigésimo Quinto a Nivel Nacional con competencia Nacional, donde solicitan le sea levantada la MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, que pesa sobre las empresas PROMOTORA C.D.V. 54 C.A., URBE 1600, C.A., PROMOTORA EL TRINEO C.A., INVERSIONES TINAQUILLO, INVERSIONES CMJ, C.A., INVERSIONES VILLLAS DEL ESTE III, C.A., INVERSIONES DEPORTIVAS INDECA, INVERSIONES VIRA VIRA, C.A., TERRAZAS DE LA ENSENADA, C.A., INVERSIONES TABURE, C.A., INVERSIONES 25-9 C.A., LEGADOS INMOBILIARIOS, y mantener la medida sobre EL PORCENTAJE DE ACCIONES CORRESPONDIENTES A MARIANO BRICEÑO Y A MARTHA RAMIREZ; asimismo el Ministerio Público solicita según oficio LAR-05-4256-11 de fecha 01-07-11, el levantamiento de las Medidas de INMOBILIZACIÓN Y BLOQUEO DE CUENTAS BANCARIAS correspondiente a: CONSTRUCTORA COLROA C.A., PRIMOTORA C.D.V. 54 C.A.; URBE 1600 C.A.; PROMOTORA EL TRINEO C.A.; INVERSIONES VIRA VIRA C.A.; TERRAZAS DE LA ENSENADA C.A.; INVERSIONES TABURE C.A. e INVERSIONES 25-9 C.A., este Tribunal pasa hacer las siguientes consideraciones:
La Fiscal Quinto del Ministerio Público: YURANCY ARTEAGA ZERPA Y Fiscal Trigésimo Quinto a Nivel Nacional con competencia Plena: AMERICO QUINTERO, expone entre otras cosas lo siguiente:
La Fiscalía del Ministerio Publico apertura causa por los delitos de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal vigente; ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 6 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, Usura Genérica y Procurarse Utilidad Ilegalmente Adquirida, establecido en el artículo 72 de la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio de cuatrocientos cuarenta y nueve (449) personas denunciantes en contra de los ciudadanos Mariano Briceño Yépez, Martha Ramírez, Inversiones Bricket C.A., Legados Inmobiliarios C.A. En fecha 04 de Febrero y 16 de marzo del 2011 del presente año, se solicito por ante este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control, Medidas Reales de BLOQUEO E INMOVILIZACION PREVENTIVA DE LAS CUENTAS BANCARIAS, así como PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre los bienes personales de los ciudadanos mencionados, identificadas en actas, así como todos y cada uno de los bienes pertenecientes a la empresas en la que estos ciudadanos puedan aparecer como accionistas, otorgando el Tribunal Medida Preventiva según el presente asunto de PROHIBICION DE ENAJEAR Y GRAVAR. Posteriormente en fecha 05-05-2011, el ciudadano ALFREDO MEDINA ROA, apoderado Judicial de Inversiones Bircket C.A., informa a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público , que las Medidas de Prohibición de Enajenar y Gravar que pesan sobre los inmuebles de la empresa INVERSIONES BRICKET C.A. y LEGADOS INMOBILIARIOS C.A., están generando un daño que se extiende a otras personales naturales y jurídicas ajenas a los hechos denunciados que no constitutivos de delitos, señalando igualmente que las medidas impuestas han afectados a las empresas PROMOTORA C.D.V. 54 C.A., registro mercantil I de la Circunscripción Judicial del estado Lara, bajo el Nº 35, tomo 26-A, folio 193 de fecha 07 de junio de 2006; URBE 1600, C.A., registro mercantil segundo de la jurisdicción Judicial del estado Portuguesa, bajo el Nº 51, tomo 204-A fecha 22-10-2006; PROMOTORA EL TRINEO C.A. registro mercantil segundo de la Circunscripción Judicial del estado Lara bajo el tomo 11-A Nº 60 fecha 13-03-1998, INVERSIONES TINAQUILLO registro de comercio que lleva el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Trabajo, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, bajo el Nº 27-23, folios del vuelto 26 al 36 vuelto, tomo 16 de fecha 29-01-2009; INVERSIONES CMJ, registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara, bajo el Nº 59, Tomo 31-A de fecha 06-09-2000; C.A., INVERSIONES VILLLAS DEL ESTE III, registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara, bajo el Nº 54, Tomo 23-A de fecha 27-05-1998 C.A., INVERSIONES DEPORTIVAS INDECA, llevado en el Juzgado Primero de Primera Instancia, hoy (Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara) en fecha 15-07-1964 bajo el Nº 77, folio vuelto de 138 al 142 vuelto del libro de Registro de Comercio Nº 1; INVERSIONES VIRA VIRA, C.A., Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, bajo el Nº 17, folio 70 vuelto al 74 del libro del Registro de Comercio Nº 2, fecha 22-11-1973, TERRAZAS DE LA ENSENADA, C.A., registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, bajo el Nº 44, Tomo 363-A de fecha 13-02-2008; INVERSIONES TABURE, C.A., registro mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara (hoy registro mercantil Primero) bajo el Nº 22, tomo 5-A;INVERSIONES 25-9 C.A. registro mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara hoy registro Mercantil Primero, bajo el Nº 67, Tomo 144-A de fecha 27-12-1995; LEGADOS INMOBILIARIOS, registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, bajo el Nº 10, Tomo 8-A de fecha 06-02-2004; por lo que solicitó sean levantadas las medidas; igualmente la vindicta pública solicitó el levantamiento de las MEDIDAS DE INMOBILIZACIÓN Y BLOQUEO DE CUENTAS BANCARIAS correspondiente a: CONSTRUCTORA COLROA C.A. Banco Provincial 0108-0947-91-0100012099; PRIMOTORA C.D.V. 54 C.A. Banco Mercantil 01050107571107102472 Banco Exterior Cta REM 01050039183000014567, Banco Exterior CTA FAL 01150039193000205980, Banco Exterior 0115003915100067846 5, Banesco 0134032618326109681 8, BOD 01160237150010951296, Provincial 0108 09 4795 0100010835; URBE 1600 C.A. Banco Mercantil 0105010751110710542 0, Banesco 0134 0326 11 326 109354 4, Fondo Común 01510067268670025570, Banco Venezuela 01020422410000135153; PROMOTORA EL TRINEO C.A. 0410 0004 04 0041024993; INVERSIONES VIRA VIRA C.A. Banco Provincial 0108 2433 83 0100001846; TERRAZAS DE LA ENSENADA C.A. Banco Mercantil 0105 0107 57 1107 117070, Banco Provincial 0108 0947 94 0100012447, Casa Propia 04100004 04 0041050459, Banco Exterior 0115 0026 98 1000909929, Fondo Común 0151 0067 21 8670025211; INVERSIONES TABURE C.A Banco Mercantil 01050107 54 1107 11615 5 e INVERSIONES 25-9 C.A. Banco Mercantil 0105 0107 50 1107 12315 , Banesco 0134 0326 16 326109726 0, BOD 0116 0190 18 000953087, Central 0158 0057 77 0571012336, Banco Exterior 01150039161001253057, solicitud que fundamenta la representación fiscal, en que dicha cuenta no guardan relación con la presente causa.

Ahora bien, tomando en consideración el pedimento del Ministerio Público, y toda vez que con la Medida dictada por este Despacho se ven afectos derechos de terceros, quienes han dado cabal cumplimiento a las obligaciones adquiridas por las referidas empresas, este Tribunal considera procedente y ajustado a derecho:
PRIMERO: El levantamiento de la medida de PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, que pesa sobre las empresas PROMOTORA C.D.V. 54 C.A., URBE 1600, C.A., PROMOTORA EL TRINEO C.A., INVERSIONES TINAQUILLO, INVERSIONES CMJ, C.A., INVERSIONES VILLLAS DEL ESTE III, C.A., INVERSIONES DEPORTIVAS INDECA, INVERSIONES VIRA VIRA, C.A., TERRAZAS DE LA ENSENADA, C.A., INVERSIONES TABURE, C.A., INVERSIONES 25-9 C.A., LEGADOS INMOBILIARIOS, y mantener la medida sobre EL PORCENTAJE DE ACCIONES CORRESPONDIENTES A MARIANO BRICEÑO Y A MARTHA RAMIREZ. Así se decide.
SEGUNDO: El levantamiento de las MEDIDAS DE INMOBILIZACIÓN Y BLOQUEO DE CUENTAS BANCARIAS correspondiente a: CONSTRUCTORA COLROA C.A.; PRIMOTORA C.D.V. 54 C.A.; URBE 1600 C.A.; PROMOTORA EL TRINEO C.A.; INVERSIONES VIRA VIRA C.A.; TERRAZAS DE LA ENSENADA C.A.; INVERSIONES TABURE C.A e INVERSIONES 25-9 C.A.

D I S P O S I T I V A

En mérito a las razones que preceden, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD presentada por los Abog. YURANCY ARTEAGA ZERPA Y AMERICO RODRÍGUEZ QUINTERO, en su condición de Fiscal Quinta del Ministerio Publico del estado. En consecuencia, se ordena:
PRIMERO: El levantamiento de la medida, de PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, que pesa sobre las empresas PROMOTORA C.D.V. 54 C.A., URBE 1600, C.A., PROMOTORA EL TRINEO C.A., INVERSIONES TINAQUILLO, INVERSIONES CMJ, C.A., INVERSIONES VILLLAS DEL ESTE III, C.A., INVERSIONES DEPORTIVAS INDECA, INVERSIONES VIRA VIRA, C.A., TERRAZAS DE LA ENSENADA, C.A., INVERSIONES TABURE, C.A., INVERSIONES 25-9 C.A., LEGADOS INMOBILIARIOS, y mantener la medida sobre EL PORCENTAJE DE ACCIONES CORRESPONDIENTES A MARIANO BRICEÑO Y A MARTHA RAMIREZ.
SEGUNDO: el levantamiento de las MEDIDAS DE INMOBILIZACIÓN Y BLOQUEO DE CUENTAS BANCARIAS correspondiente a: CONSTRUCTORA COLROA C.A. Banco Provincial 0108-0947-91-0100012099; PRIMOTORA C.D.V. 54 C.A. Banco Mercantil 01050107571107102472 Banco Exterior Cta REM 01050039183000014567, Banco Exterior CTA FAL 01150039193000205980, Banco Exterior 0115003915100067846 5, Banesco 0134032618326109681 8, BOD 01160237150010951296, Provincial 0108 09 4795 0100010835; URBE 1600 C.A. Banco Mercantil 0105010751110710542 0, Banesco 0134 0326 11 326 109354 4, Fondo Común 01510067268670025570, Banco Venezuela 01020422410000135153; PROMOTORA EL TRINEO C.A. 0410 0004 04 0041024993; INVERSIONES VIRA VIRA C.A. Banco Provincial 0108 2433 83 0100001846; TERRAZAS DE LA ENSENADA C.A. Banco Mercantil 0105 0107 57 1107 117070, Banco Provincial 0108 0947 94 0100012447, Casa Propia 04100004 04 0041050459, Banco Exterior 0115 0026 98 1000909929, Fondo Común 0151 0067 21 8670025211; INVERSIONES TABURE C.A Banco Mercantil 01050107 54 1107 11615 5 e INVERSIONES 25-9 C.A. Banco Mercantil 0105 0107 50 1107 12315 , Banesco 0134 0326 16 326109726 0, BOD 0116 0190 18 000953087, Central 0158 0057 77 0571012336, Banco Exterior 01150039161001253057.
Ofíciese a las Oficinas de Registro Inmobiliario de esta localidad, y remítase copia certificada de la presente resolución. NOTIFIQUESE A LAS PARTES.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los siete (07) día del mes de diciembre de 2011. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.Regístrese, Publíquese y notifíquese. Cúmplase.




EL JUEZ DE CONTROL N° 7


Abg. JUANA ROSA GOYO