Luego de revisar exhaustivamente el presente asunto, la Juzgadora ha constatado que los trámites se han desarrollado en estricto cumplimiento de lo que establece la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y el debido proceso consagrado en el artículo 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.

En fecha 19 de agosto de 2011, se recibió en este tribunal previa distribución realizada por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil la presente demanda de nulidad.

Posteriormente, en fecha 23 de agosto de 2011 este tribunal admitió la solicitud con los pronunciamientos de Ley ordenando realizar las notificaciones correspondientes.

Seguidamente en fecha 23 de noviembre de 2011, compareció la Abog. LOURDES BARRIOS, consignando mandato que la acredita como apoderado judicial de la parte actora quien expuso que pudieron llevar a feliz termino el proceso de discusión y firma de la contratación colectiva de la empresa EMPAQUES FORLPACK, C.A. y a tal efecto consignó oficio y auto de homologación de dicha convención colectiva de fecha 16 de noviembre de 2011, solicitando se declare terminado el proceso por dejar de existir la causa que le dio lugar-.

La Juzgadora, vista la posición de la parte demandante siendo que el objeto que perseguía la presente acción, era la nulidad de las actuaciones realizadas por la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara, en sede Pio Tamayo contenidas en el Expediente No. 005-2011-04-0006 y que inició con auto de fecha 10 de marzo de 2011 que acuerda la tramitación de un proyecto de convención colectiva interpuesto por un organismo desconocido por la mayoría de los trabajadores y que se hace llamar SINBOTRAPLAST, ha cesado pues para esta fecha se homologó y depositó en forma legal la convención colectiva presentada por los demandantes SINTRAEMFOLPACK. Así se establece.-

Por lo anterior, siendo que cesaron los actos cuya nulidad se pretende la Juzgadora declara que no existe interés en la prosecución de este proceso por lo cual se declara extinguido el mismo. Así se decide.-