REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, ocho de agosto de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: KP12-S-2011-000481.-

Vista la solicitud presentada por la ciudadana CARMEN VICTORIA ANDUEZA de SIERRALTA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.639.283, asistida por el Abogado en ejercicio JESUS CASTELLANOS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº. 123.010, en la cual requiere se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías consistentes en Una (01) Casa de Habitación, constante de Dos (02) Habitaciones, Dos (02) baños, Sala, Cocina y Comedor, construida con paredes de bloque de cemento; Estructura de la construcción de concreto armado; Estructura Techo: hierro; cubierta de acerolit; paredes friso liso; pisos de cemento pulido; ventanas de aluminio/vidrio, puertas de hierro; en un estado de conservación bueno; en una área de construcción de CIENTO OCHENTA Y TRES CON DOS METROS CUADRADOS (183,2 Mts2), edificadas sobre un lote de Terreno Ejido Urbano que posee una extensión de OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES CON OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (833,87 Mts2), ubicadas en la Calle Buena Vista de la Población de Burere, Parroquia Las Mercedes, Municipio Torres del Estado Lara y enmarcada dentro de los siguientes linderos: NORTE: Terreno de Sixto Andueza; SUR: Casa solar de Sandra Andueza; ESTE: Calle Bella Vista (frente) y OESTE: Galpón de José Barrios. Dichas bienhechurías tienen un valor de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs.30.000,oo). Admitida la solicitud se acordó oír las declaraciones de los testigos que presentare la parte interesada. Examinados los recaudos presentados y oídas las declaraciones de los testigos ciudadanos OSCAR JOSE CARRASCO LOZADA y MARIA DE LAS MERCEDES MELENDEZ CARRASCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.938.537 y 9.635.631, respectivamente, domiciliados en Burere, Municipio Torres, las cuales son valoradas por este Tribunal como plena prueba por ser contestes en sus afirmaciones.