REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, tres de agosto de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: KP02-V-2009-004403
DEMANDANTE: XIOMARA RUTH BELLY MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.625.556, de este domicilio.
DEMANDADO: CESAR RODOLFO STEELHEART PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.297.425, de este domicilio.
ASISTIDO POR: La Fiscal 17º del Ministerio Publico, REINA COLMENAREZ.
BENEFICIARIOS: (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) STEELHEART, de QUINCE (15) años de edad.
Motivo: Declaración de terminado el procedimiento de Responsabilidad de Crianza (custodia), por aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 30 de OCTUBRE 2009, la ciudadana: XIOMARA RUTH BELLY MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.625.556, asistida por La Fiscal 17º del Ministerio Publico, REINA COLMENAREZ, actuando en representación de su hijo: (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) STEELHEART, de QUINCE (15) años de edad, ante usted ocurro que compareció ante el despacho fiscal a mi cargo, la ciudadana XIOMARA RUTH BELLY MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.625.556, solicitando la intervención del Ministerio Publico a los fines de establecer la responsabilidad de crianza (custodia) en beneficio de su hijo (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) STEELHEART, por cuanto manifiesta que el padre ciudadano CESAR RODOLFO STEELHEART PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.297.425, de este domicilio, no le brinda los cuidados, asistencia material, vigilancia y la orientación moral y educativa a su hijo
Acompaño la presente demanda con copia certificada del acta de nacimientos del niño, copia fotostática del expediente de violencia.
En fecha 12 de noviembre de 2009, se admite la solicitud y se acuerda la citación del ciudadano CESAR RODOLFO STEELHEART PEREZ, y se acuerda oír la opinión de los niños prenombrados beneficiarios de autos.
En fecha 11 de agosto de 2009, el alguacil adscrito a este Tribunal deja constancia que el demandado se negó a firmar la boleta de citación.
En fecha 27 de mayo de 2010, la secretaria del Juzgado hace constar que se libro boleta por el articulo 218 del código de procedimiento civil.
En fecha 21 de septiembre de 2010, se aboca al conocimiento del presente asunta la Abg. ROSANGELA SORONDO GIL, se acuerda, dejar sin efecto la citación del demandado, notificar a ambas partes para el inicio de la fase de mediación, oír al beneficiario de autos para el día 01 de diciembre a las 2.30 p.m., se libro comisión al estado Carabobo para notificar a la parte demandante.
En fecha 24 de mayo de 2011 el secretario de sala fija la audiencia de mediación para el día 27 de julio a las 03:00 p.m.
Siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en fase de mediación se dejó expresa constancia que no comparecieron las partes en juicio, ya identificados, esta Juzgadora vista la incomparecencia de las partes en juicio, debe aplicar la norma contenida en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declaró Desistido el procedimiento.
DECISION.
Este Juzgado segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de Responsabilidad de Crianza (custodia), de conformidad con el articulo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente, intentado por la ciudadana : XIOMARA RUTH BELLY MENDOZA, en beneficio de su hijo (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) STEELHEART, y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.
Regístrese y publíquese
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, 03 de agosto de 2011. Año 200º y 152º.
LA JUEZ SEGUNDA DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÒN
Abg. Rosangela Mercedes Sorondo Gil
La Secretaria.
En esta misma fecha se registro bajo el Nº 270 -2.011, siendo las 11:30 a.m.
La Secretaria.
Rsg/robersi
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