REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Nacional de Adopción Internacional
TRIBUNAL SEGUNDO (2°) DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
Caracas, tres (3) de agosto de dos mil once (2011)
201º y 152º

ASUNTO: AP51-J-2011-011687

Vista la solicitud de CURADOR AD-HOC, presentada por el abogado EDUARDO ANTONIO FLORES RENDON, apoderado judicial de la ciudadana CAROLINA BEATRIZ GONZALEZ OLIVARES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-12.639.578, en representación de sus hijos, los niños (De conformidad con el Artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los Niños, Niñas o Adolescentes), en la cual solicita se le nombre CURADOR AD-HOC a los mencionados niños; este Tribunal, vista el acta de esta misma fecha 02/08/2011, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADOR AD-HOC, hecha por el ciudadano CARLOS MANUEL GONZALEZ OLIVARES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.669.810, acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADOR AD-HOC de los niños (De conformidad con el Artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los Niños, Niñas o Adolescentes). Asimismo se acuerda expedir copiar certificadas del presente asunto y oficiar a la Oficina de Atención al Público, para que sean entregadas al solicitante, una vez consigne los fotostatos. Cúmplase.
La Juez,

Abg. ROSA YAJAIRA CARABALLO.
La Secretaria,

Abg. KARINA BORREGO.
RC/KB/YG.