REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas Nacional de Adopción Internacional
TRIBUNAL SEGUNDO (2°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
Caracas, once (11) de agosto de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP51-J-2011-013956
Vista la solicitud de CURADOR AD-HOC, presentada por el ciudadano JOSE ANTONIO PALACIOS AMIUNY, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-6.810.873, actuando en beneficio de los adolescentes (Se omiten sus identidades), debidamente asistido por la abogada MARIA HERNANDEZ VENEGAS, inscrita en el IPSA bajo el Nº 76.610, en la cual solicita se le nombre CURADOR AD-HOC a los mencionados adolescentes; este Tribunal, vista el acta de esta misma fecha 10/08/2011, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADOR AD-HOC, hecha por el ciudadano JUAN IGNACIO PALACIOS AMIUNY, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.626.330, acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADORA AD-HOC de los adolescentes (Se omiten sus identidades). Asimismo se acuerda expedir copiar certificadas del presente asunto y oficiar a la Oficina de Atención al Público, para que sean entregadas al solicitante, una vez consigne los fotostatos. Cúmplase.
La Juez,
Abg. ROSA YAJAIRA CARABALLO.
La Secretaria,
Abg. KARINA BORREGO.
RC/KB/YG.