Hoy 26 de abril de 2011 siendo las once y cuarenta y cinco de la mañana (11:45 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia que por la parte actora, comparece el ciudadano PABLO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.68.812 asistido por la abogada AVIANNY GARCIA, Procuradora de Trabajadores del Estado Lara. Por la parte demandada comparece su apoderada judicial, abogada ADRIANY RIVERO, Inpreabogado Nro. 119.481, y la ciudadana JOHANNY MORILLO, Cédula de Identidad Nº 11.587.204, quien consigna documento en la cual consta el carácter de Gerente de Recursos Humanos, el cual se agrega en copia al expediente. . La juez procedió a impartir las bases por las cuales se iba a llevar a cabo la audiencia. Seguidamente, las partes manifiestan sus defensas tanto en hechos como en derecho, posiciones que se avalan con el cúmulo probatorio que cada uno de ellos posee, sin embargo, la juez realizó todas las funciones de conciliación y mediación que le correspondían dentro de sus atribuciones tomando como referencia los mismos elementos probatorios analizados por las partes, obteniendo de las partes que alcanzaran un ACUERDO, con el objetivo de dar fin al presente proceso por vía del uso de los medios alternos de resolución de conflictos, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, los artículos 9 y 10 de su Reglamento, y los artículos 1.713 y siguientes del Código Civil.-