Hoy 01 de abril de 2011 siendo las 9:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la reanudación de la causa con la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma por la parte demandante la abogada MORELLA HERNANDEZ, Inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nº 102.257 apoderada judicial, y la parte demandada, ciudadanos ELIOMAR GONZALEZ y ALFREDO LUCENA, C.I.V- 12.244.411 y 12.848.484 respectivamente asistidos por el abogado JAVIER RODRIGUEZ, Inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nº 116.324, quien también comparece como apoderado judicial de TRANSPORTE GONZALEZ 24, C.A, dándose inicio al acto. La juez procedió a impartir las bases por las cuales se iba a llevar a cabo la audiencia. Seguidamente, las partes manifiestan sus defensas tanto en hechos como en derecho, posiciones que se avalan con el cúmulo probatorio que cada uno de ellos posee, sin embargo, la juez realizó todas las funciones de conciliación y mediación que le correspondían dentro de sus atribuciones tomando como referencia los mismos elementos probatorios analizados por las partes, obteniendo de las partes que alcanzaran un ACUERDO, con el objetivo de dar fin al presente proceso por vía del uso de los medios alternos de resolución de conflictos, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, los artículos 9 y 10 de su Reglamento, y los artículos 1.713 y siguientes del Código Civil.-