REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

ASUNTO: KP02-L-2010-001855
PARTE DEMANDANTE: SAMIRA NOHELY SANTELIZ ALVARADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 20.702.272
PARTE DEMANDADA: AMERICAN GROUP, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: WLADIMIR GONZALEZ, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el Nro. 117.680
MOTIVO: CALIFICACIÒN DE DESPIDO


Hoy, 15 de Abril de 2011 siendo las DIEZ de la mañana (10:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la audiencia preliminar, comparece por la parte demandada el abogado WLADIMIR GONZALEZ apoderado judicial, quien presenta documento poder en copia fotostática para ser agregado a los autos. Se deja constancia que la parte demandante, no compareció, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, según la información suministrada por el Alguacil KELBIS CRESPO. En razón de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y regístrese la presente decisión.-

El Juez

Abg. José Tomás Álvarez Mendoza

La Secretaria

Abg. Yesenia P. Vásquez R.

La parte demandada



El Alguacil