REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES SEXTO DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
201º y 152º
Barquisimeto, 29 de Abril de 2011

ASUNTO: KP01-P-2007-001551

“ DECAIMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR”

Corresponde a este, Juzgado de Primera Instancia en Funciones Juicio Sexto, del Estado Lara, pasar a pronunciarse, en cuanto a la solicitud de DECAIMIENTO, que invoca la Defensora Pública YOLEIDA RODRIGUEZ, quien actúa como defensora del acusado ROBERTO JOSE BENAVIDES titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.518.536, exponiendo en su escrito de solicitud que se encuentran cumpliendo con el régimen de presentaciones cada (15) días por más de DOS años, por lo que solicitan el DECAIMIENTO de la medida.

Motivación para decidir

Este Tribunal al analizar la solicitud incoada por la abogada YOLEIDA RODRIGUEZ, y el presente Asunto observa que efectivamente el acusado llevan mas de dos años cumpliendo con la medida de presentaciones, sin que haya culminado el respectivo juicio, es por lo que considera quien aquí decide que esta ajustada a derecho la solicitud planteada y se DECRETA EL DECAIMIENTO de la medida de presentaciones, y en su lugar se impone Medida Cautelar establecida en el artículo 256 Ordinal 9no del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es presentarse ante el Tribunal o Ministerio Público cuando sea requerido.

DECISIÓN
Este Tribunal de Primera Instancia en funciones Sexto de Juicio en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se DECRETA EL DECAIMIENTO de la medida de presentaciones, y en su lugar se impone Medida Cautelar establecida en el artículo 256 Ordinal 9no del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es presentarse ante el Tribunal o Ministerio Público cuando sea requerido.
Notifíquese a las partes. Cúmplase.-

JUEZ SEXTO DE JUICIO

ABG. MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ

SECRETARIO (A)