REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 8 de Abril de 2011
200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2010-000009
ASUNTO : KP01-P-2010-000009

Corresponde a este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control FUNDAMENTAR la orden de aprehensión acordada en contra del imputado: HENRY MANUEL COLMENAREZ TORRES, titular de la cédula de identidad nro. 22.200.305, en oportunidad de celebración de Audiencia Oral conforme al artículo 327 del Código Orgánico procesal Penal, correspondiente a la audiencia preliminar.-
PRIMERO: De la revisión del asunto se observa que en la audiencia de presentación el imputado a los fines de ser notificado aportó la siguiente dirección: Barrio Los Venezolanos Primero, calle 1 con carrera 4, casa sin número.

Ahora bien, la audiencia preliminar fijada en razón de la presentación de la acusación en fecha 24 de febrero de 2011, se ha diferido en dos oportunidades 24 de marzo y 06 de abril de 2011, dejando constancia los funcionarios de este Circuito Judicial Penal en las boletas de notificación de que la persona a citar es decir HENRY MANUEL COLMENAREZ TORRES, titular de la cédula de identidad nro. 22.200.305 no es conocido en el Sector.-

Siendo que conforme al articulo 260 del Código Orgánico Procesal Penal es obligación del imputado aportar la dirección del lugar donde reside a objeto de ser dirigida la citación o notificación, y por cuanto se verifico en el Sistema Juris 2000 que ha dado cumplimiento a sus presentaciones como medida cautelar impuesta, no obstante no se preocupa en verificar la fijación o no de cualquier acto del Tribunal en el conocimiento de que presenta causa penal por ante este Circuito Judicial Penal. En razón de este incumplimiento, y a los fines de la celeridad, economía procesal y para evitar cualquier obstaculización en el proceso que se ventila, considera este Tribunal ajustado ORDENAR A NIVEL NACIONAL la aprehensión del imputado HENRY MANUEL COLMENAREZ TORRES, titular de la cédula de identidad nro. 22.200.305 a los fines de su ubicación para la celebración de la audiencia preliminar.- Y ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA:

En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control nro. 04, Administrando Justicia, En Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Acuerda ORDEN DE APREHENSIÓN A NIVEL NACIONAL contra el imputado: HENRY MANUEL COLMENAREZ TORRES, titular de la cédula de identidad nro. 22.200.305, quien una vez aprehendido deberá ser puesto a la orden de este Tribunal a los fines de la celebración de audiencia oral conforme al artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.- Todo de conformidad con el contenido de los artículos 250, 260, del Código Orgánico procesal Penal y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-Líbrese los correspondientes oficios.- Regístrese, publíquese, cúmplase, notifíquese.-







El Juez

El Secretario

Abg. Amelia Jiménez García