REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de septiembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : KP02-F-2008-001275
PARTE ACTORA: ANIBAL RAFAEL REYES REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.261.790, domiciliado en Quibor, Municipio Jiménez del Estado Lara.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: CARLOS RODRÍGUEZ DORANTE, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 11.944
PARTE DEMANDADA: ANA IVETT MENDEZ PAREDES , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.127.026, de este domicilio.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCION DE LA INSTANCIA EN JUICIO DE SEPARACIÓN DE HECHO 185-A.
Se inició el presente juicio de Separación de Hecho 185-A, intentado por el ciudadano ANIBAL RAFAEL REYES REYES, contra la ciudadana ANA IVETT MENDEZ PAREDES, el cual se admitió a sustanciación en fecha 13/11/2.008, por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, y en el mismo se acordó notificar al Ministerio Público (f. 11). En fecha 10/12/2.008, compareció el Alguacil de este Despacho y consignó boleta de Notificación firmada por el Fiscal (f. 13).
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año
sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las
partes”.
En el presente caso, se observa que desde la última actuación de este tribunal en fecha 13/11/2.008, donde se admitió la presente demanda, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de SEPARACIÓN DE HECHO 185-A, seguido por el ciudadano ANIBAL RAFAEL REYES REYES, contra la ciudadana ANA IVETT MENDEZ PAREDES, identificados en autos.
NOTIFÍQUESE A LA PARTE ACTORA.
REGÍSTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los veintiocho (28) días del mes de septiembre de dos mil Diez. AÑOS: 200° y 151°.
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria
ELIANA HERNANDEZ SILVA
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Sec.
MJP/Milagro
|