REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Medicación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescente del
Estado Lara, con sede en Barquisimeto,16 de Septiembre de 2010.
Años: 200º y 151º

ASUNTO: KP02-H-2010-000335
Partes: ROSMARY SARAY LOPEZ CAMACHO y YOSMEL JESUS SANCHEZ BELLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: 18.945.939 y 18.525.170.
Asistidos por: La abogado Maria de los Ángeles Martínez, en su carácter de Fiscal Décima Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Beneficiario: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NINO, NIÑA Y ADOLESCENTE, de 01 año de edad.

En fecha 12 de Agosto d e2010, presentan solicitud de homologación de acuerdo extrajudicial de Obligación de Manutención, ante este despacho los ciudadanos ROSMARY SARAY LOPEZ CAMACHO y YOSMEL JESUS SANCHEZ BELLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: 18.945.939 y 18.525.170.respectivamente, asistidos por la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; este Juzgado le da entrada y la admite por no ser contraria al orden público, buenas costumbre o alguna disposición expresa en la Ley, el cual consiste en lo siguiente:.

“UNICO: El padre se compromete en aportar la cantidad de CIEN BOLIVARES SEMANALES (Bs. 100,00) entregados directamente a la madre y esta suscribirá un recibo como prueba del cumplimiento. Los gastos de vestuario, calzado, medicinas, navideños y cualquier otro que requiera el niño serán compartidos”.

Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad a lo establecido en los artículos 518, 365 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de Obligación de Manutención suscrito por los ciudadanos ROSMARY SARAY LOPEZ CAMACHO y YOSMEL JESUS SANCHEZ BELLO, en beneficio del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NINO, NIÑA Y ADOLESCENTE.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Barquisimeto. 16 de septiembre de 2010. Años: 200º y 151º

LA JUEZ TERCERRA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION,


Abg. LISBETH LEAL AGUERO.
LA SECRETARIA,

Abg. ISABEL BARRERA

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 219 -2.010 y se publicó siendo las 11:00 a.m.
LA SECRETARIA,

Abg. ISABEL BARRERA

LLA/IB/ diana