REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero del Municipio Heres
Ciudad Bolívar, treinta (30) de septiembre de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: FP02-S-2010-002210
Resolución Nº: PJ02620100000256

Vista la anterior solicitud de declaración de únicos y universales herederos presentada por la ciudadana: AMARILIS DE LOS SANTOS JIMENEZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.502.703 y RONALD YSMAEL BLAKMAN BONALDE venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.622.605 quienes actúan en su condición de concubina e hijo respectivamente del fallecido ISAMAEL JHONSON BLACKAMAN y debidamente asistidos en este por la ciudadana: ARLENIS AMARILIS DUERTO JIMENEZ, mediante la cual solicita se les declare, como únicos y universales herederos del de cujus, ISAMAEL JHONSON BLACKAMAN, este Tribunal a los fines de proveer sobre la admisibilidad de la misma, observa:

Que la solicitante ciudadana AMARILIS DE LOS SANTOS JIMENEZ GARCIA supra identificada .actúa en su condición de concubina en la presente solicitud, y revisadas los recaudos anexos en la presente solicitud, no consta en autos sentencia dictada por ningún órgano jurisdiccional que declare la existencia de la relación concubinario que dice tener la solicitante con el de cujus ISMAEL JHONSON BLACKMAN, cuestión por la cual este Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la anterior Solicitud de Declaración de Únicos y Universales interpuesta por las personas arriba identificadas. Así se decide.

Publíquese y regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los treinta (30) días del mes de Septiembre del año dos mil diez (2010). Años: 199° de la Independencia y 150° de la federación.
El Juez,

Dr. Noel Aguirre Rojas

La Secretaria

Enelide Arredondo

La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.).
La Secretaria

Enelide Arredondo