Hoy 25 de octubre de 2010 siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia que por la parte actora, comparece el ciudadano JUAN PAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.7.387.910 asistido por la abogada AVIANNY GARCIA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nr.108.918, Procuradora de Trabajadores del Estado Lara, y por la parte demandada comparece su representante estatutario, ciudadano PEDRO REINOSO, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.739.571, asistido por la abogada MARIA CLARET GAONA ZAMBRANO, Inpreabogado Nro. 30.331. Seguidamente, las partes manifiestan sus defensas tanto en hechos como en derecho, posiciones que se avalan con el cúmulo probatorio que cada uno de ellos posee, sin embargo, instada como ha sido la mediación por el juez y con el objetivo de dar fin al presente procedo por vía del uso de los medios alternos de resolución de conflictos, las partes llegan a un acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-