REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Circunscripción Judicial del Estado Lara
Años 200º y 151º

Nº DE EXPEDIENTE: KP02-L-2009-73

PARTE DEMANDANTE: ADALILA COLMENAREZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.778.229
PARTE DEMANDADA: FUNDELA
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: AURA KARINA SANCHEZ y ALIX MARINA VIELMA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 98.748 y 103.524.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.-

Hoy, 25 de Octubre de 2010, siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar, comparece por la parte demandada la abogada AURA KARINA SANCHEZ, inscrita en el IPSA N° 98.748, quien consigna poder en original y copia por ante la secretaria para su posterior devolución. Se deja constancia que la ciudadana ADALILA COLMENAREZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.778.229, no compareció ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, según la información suministrada por el Alguacil CARLOS SABALLO, encargado de anunciar la audiencia, se deja constancia que comparece el abogado JUAN CARLOS DIAZ, inscrito en el IPSA N° 102.049, actuando en su condición de procurador especial de trabajadores, quien de la revisión de las actas no se evidencia poder que acredite la representación de la demandante, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200° y 151°.-


La Juez

Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada


La Secretaria

Abg. Joselyn Cárdenas



Parte demandada