En el día de hoy cuatro de octubre de 2010, siendo las dos y treinta de la tarde (02:30 p.m.), fecha y hora fijada para la celebración de Audiencia Extraordinaria, en la presente causa. Comparecen por la demandante la abogada MORELLA HERNANDEZ. Por la demandada comparecen sus apoderados judiciales, abogados RAFAEL YGNACIO CARVAJAL Y FILIPPO TOTTORICI SAMBITO. Ambas partes, luego de varias deliberaciones las partes manifiestan haber llegado a un arreglo acuerdo contenido en las siguientes cláusulas de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica del Trabajo:
PRIMERO: Toma la palabra la representación judicial de la parte demandada y expone: Vistas y analizadas las reclamaciones realizadas por la actora, así como las pruebas presentadas en esta causa, y la experticia, se hizo correcciones en lo que respecta a horas extras, bono nocturno, intereses y la indexación, lo que motivó a la parte demandada a ofrecer la suma de TREINTA MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 30.000,00), cantidad esta que se ofrece cancelar el día viernes 08-10-2010; Tal cantidad comprende los conceptos y cantidades realmente adeudadas al trabajador; de igual manera ofrezco pagar al experto por sus honorarios para la misma fecha la cantidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 600,00).
SEGUNDO: La parte demandante a través de su representación judicial manifiesta: Se acepta el ofrecimiento realizado; en tal virtud, con el pago ofrecido, mi representado nada queda a reclamar ni por este, ni por ningún otro concepto derivado de la relación laboral que le unió con las demandadas y solicito que una vez cumplido lo convenido se de por terminado el presente juicio y se ordene el archivo oportuno del expediente.
TERCERO: El pago acordado se realizará por ante la Urdd Civil
Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se ordena el archivo oportuno del expediente. Emítase copias a las partes.
LA JUEZ
ABG. YRAIMA BETANCOURT RONDON
POR LA PARTE DEMANDANTE,
POR LA PARTE DEMANDADA,
LA SECRETARIA,
ABG. JENNYS LUCIA NIETO SÁNCHEZ
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