REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMÓN PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.

Los Rastrojos, 07 de Octubre del 2010
Años: 200° y 151°.-

Exp. N° : 1726-10.
Motivo : RECONOCIMIENTO.
DEMANDANTE : MIRIAN ISABEL LAMEDA RAMIREZ.
DEMANDADO: PEDRO SEGUNDO ORELLANA YANEZ.

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente y por cuanto este Tribunal observa que desde el 02 de Agosto del año dos mil diez (2010), fecha en que el Tribunal admite la presente demanda, ha transcurrido un lapso de dos (02) meses y cinco (05) días inclusive, sin que la parte actora haya cumplido con las obligaciones que le impone la Ley para que sea practicada la citación del demandado, constituyéndose por su parte una falta de interés procesal, es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, conforme al Numeral 1º del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECLARA. Archívese el presente expediente y remítase en su oportunidad al archivo judicial. Cúmplase.-
El Juez,


Abog. ANTONIO JOSÉ ILLARRAMENDI M.


La Secretaria Temporal,


Abog. Daliana Silva de Mojica.